Toluca, México; 25 de enero de 2023
Marco Antonio Rodríguez: texto. Karen Colín: diseño.
“¡Ya chingaste a tu madre!”. Eso fue lo único que le dijo uno de quienes acudieron ese día a su domicilio para arrestarlo. Eran seis u ocho, no recuerda con precisión, pero tampoco es quiera hacerlo; lo que sí registró su memoria es que llegaron en dos camionetas particulares Van color blanco y un Jetta gris, todos ellos sin placas. Apenas estacionaron los coches, el grupo bajó con las manos aferradas a sus armas.
Ingresaron entonces a esa casa de San Pedro Totoltepec, en Toluca, y nada más así se lo llevaron. Durante el trayecto él les preguntó las razones de su detención, pero recibió una violenta tortura como respuesta. Hasta las tres de la tarde de ese jueves cinco de noviembre de 2015, Daniel Plácido Arroyo, de entonces 26 años, entendió lo que era la libertad: dormir cómodamente, comer por gusto antes que por supervivencia, disfrutar del tiempo con sus amigos y familia.
Y es que desde entonces no ha conseguido repetir una sola de aquellas tardes en las que sentado en una llanta enorme de tráiler jugaba con sus hijos, ese par que dejó de ver cuando tenían 6 meses uno y dos años y medio el otro, y con quienes luego se reencontró, pero adentro de ese oscuro centro penitenciario. Desde que fue arrestado no le ha quedado de otra que ser valiente y resistir.
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Lo buscaron casi por todos lados hasta que su hermana, Laidy Plácido, sugirió a sus padres y a la propia esposa de Daniel -con quien apenas llevaba tres años de casado- acudir a las instalaciones de la Fiscalía General del Justicia del Estado de México, pues los hombres que capturaron a su hermano iban vestidos de negro y llevaban armas largas, pero ahí les “recomendaron” preguntar en la Fiscalía Especializada en Secuestros, donde fueron atendidos desde la reja y cuya respuesta fue nula.
Minutos más tarde el instinto de la familia los condujo al kilómetro 4.5 de la carretera Toluca-Almoloya de Juárez, a las puertas del penal de Santiaguito. Temeroso, el pequeño grupo preguntó por Daniel y la respuesta frenó en seco sus esperanzas de no hallarlo ahí. Un guardia les dijo con sonrisa irónica que si hubieran llegado cinco minutos antes, habrían alcanzado a verlo. “Regresen mañana temprano”, les dijo.
Así lo hicieron. El seis de noviembre llegaron a las ocho de la mañana, pasaron los filtros del penal pero entonces su sorpresa fue mayor: un policía de ahí los condujo hacia la Torre 1, donde se ubican los juzgados, pues la audiencia en contra de Daniel estaba por empezar.
Para ello jamás hubo notificación. Nunca se comunicaron con la familia. Desde su aprehensión, nadie tuvo la decencia o atingencia de contactarlos.
En la audiencia se le acusó de secuestro y fue hasta ese momento que la familia supo la gravedad del asunto. Huelga describir el aspecto de Daniel, pero la golpiza durante su traslado fue tal que el propio médico encargado de su valoración informó a la jueza, Xóchitl Martínez Correa, que presentaba contusiones en todo el cuerpo, principalmente en su hombro derecho.
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El hombre fue encarcelado por un crimen que no cometió y las autoridades responsables del caso han dicho que el supuesto delito lo habría perpetrado en colusión con otra persona de la que nada se sabe, pues jamás ha sido presentado ante el Ministerio Público ni obra expediente en su contra.
De aquel ficticio personaje sólo se tiene la descripción que la presunta víctima relató y que se reduce a los mismos rasgos que dio de Daniel. La diferencia es que uno mide 10 centímetros más que el otro. De ahí en fuera, todo es idéntico y roza en características del mexicano promedio: es moreno, de cara redonda, cabello corto y nariz chata; sin embargo, a Daniel le agregó también una “barba de chivo” y detalles que observó en él días antes de que éste fuera atrapado: “como de veintisiete años de edad, quien en ese momento en la vulcanizadora vestía un pantalón de mezclilla y una playera color gris con mucha suciedad”. (SIC)
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El delito que se le imputa habría tenido lugar el 18 de septiembre de 2015. De acuerdo con la narrativa de la víctima, dos hombres -Daniel y otro más- abordaron su taxi, un Tida con placas del Estado de México, en la intersección de Jesús Carranza y Paseo Tollocan, cerca de las 11:15 y le pidieron conducirlos hacia Santa María Totoltepec, a la altura del Gran Bazar Toluca, mejor conocido como el tianguis del Piojo; pero, cuando circulaban sobre Paseo Tollocan casi a la entrada de la plaza Los Ahuehuetes, en Pilares, Daniel, que viajaba como copiloto, le ordenó detener la marcha después de desenfundar una pistola.
“Ya valió madres, hijo de la chingada. No la hagas de tos. Esto es un secuestro. Coopera porque si no vas a valer madres. Ahorita le hablamos a tu familia para que nos den dinero y te vayas a la chingada”. (SIC)
Aquellas frases cortas, dice la víctima, las pronunció Daniel mientras el otro personaje lo ataba “con un alambre y una correa”, sentado desde la parte trasera del coche. Más tarde el chofer se comunicaba con su esposa y le pedía 50 mil pesos para su liberación. Relata incluso que sus plagiadores lo habrían amenazado con violar a su hija en caso de no recibir dicha cantidad y que el recorrido duró más de hora y media sin que él, un taxista experimentado con cerca de 30 años de servicio, lograra reconocer la zona por la que se encontraban.
Señaló además que lo llevaron hasta unas milpas en medio de la nada y que cuando estaban ahí el cómplice de Daniel le informó que “ya nos trajeron las aguas. No te muevas porque si lo haces te voy a matar” (SIC) y fue entonces que, en una distracción del par, se escapó del lugar como pudo, aunque se hallaba para entonces atado de pies y manos.
Acto seguido, cuando ya no escuchó ningún ruido, corrió hasta una casa donde un hombre bondadoso lo auxilió y trasladó hacia Bulevar Aeropuerto, a la altura de la fábrica de Ricolino, donde pudo contactar vía telefónica a su familia y más tarde abordar un taxi que lo llevó al Ministerio Público de Metepec, ubicado en Avenida Tecnológico.
La llamada que realizó fue a su hijo, de iniciales C.A.G.F, a quien le contó que había escapado y pidió “no pagar ya nada”; no obstante, el nombre de este último delata una contradicción que las autoridades responsables del juicio pasaron por alto y quedó asentada en el expediente del caso, comprendido dentro de la carpeta administrativa 1927/2015.
En el citado documento el nombre del secuestrado aparece en primera instancia con iniciales C.A.G.F (que de acuerdo con la víctima corresponde a su hijo), pero veinte renglones más abajo es sustituido por otro de iniciales S.G.A, aunque ambos son la misma persona.
Además, en el Acta Mínima de fecha 29 de octubre de 2015, la licenciada Janet Patiño García, jueza de Control del Distrito Judicial de Toluca, recibió de parte del Ministerio Público la solicitud para librar orden de aprehensión en contra de Daniel Plácido Arroyo, pero fue rechazada un día después debido a que “una vez que se realizó el análisis respectivo de los datos de prueba que le fueron proporcionados, al no sustituirse a cabalidad los extremos de los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los numerales 184 y 185 del Código de Procedimientos Penales vigente en la entidad, se niega orden de aprehensión, solicitada en contra de Daniel Plácido Arroyo, por el hecho delictuoso de secuestro con la modificativa agravante […] por lo que en mérito de lo anterior, se dejan a salvo sus derechos”. (SIC)
Y aunque pareciera un tema olvidado, seis días después, el cinco de noviembre, la misma jueza Xóchitl Martínez Correa liberó la orden de aprehensión en contra de Daniel y solicitó su “búsqueda, localización y aprehensión”.
Así fue que todo sucedió, enmedio de un hermetismo tan insondable como las inconsistencias del caso, y es que el propio Daniel contó días después a su familia, cuando le permitieron por fin recibir visitas en el penal, que las llantas de uno de los vehículos utilizados en el operativo de su detención fueron reparadas por él en su taller, semanas antes de los hechos, lo que hace suponer que los agentes conocían de sobra su rutina.
Aquellos hombres intentaron en todo momento persuadirlo para que aceptara la culpa. Le dijeron incluso que la víctima estaba dispuesta a perdonarlo si reconocía su participación en el secuestro, mas al ver que ni con golpes, ni juramentos ni nada lograban convencerlo, recurrieron entonces a la tortura.
“Equimosis eritomatosa de aspecto pos contunsión del tercer medio y distal de la clavícula derecha de aproximadamente 5×3.5 centímetros; excoriación de la clavícula derecha por fricción escapular y hueco poplíteo derecho” (SIC), fue el diagnóstico que el doctor Bernabé Pérez Soto entregó a la jueza del caso tras valorarlo.
Pero pese a la violencia de los encapuchados, Daniel se negó a aceptar su participación en un crimen del cual no fue partícipe. Se rehusó a declararse culpable, a pesar incluso de las amenazas directas contra él y su familia. Y es que de camino a la cárcel, los individuos le arrebataron su celular para más tarde mostrarle, una a una, imágenes de sus más cercanos.
Y mientras deslizaban sus dedos de un extremo al otro de la pantalla del dispositivo, los hombres le describieron lo que les sucedería en caso de no acatar la orden. Le advirtieron, como último recurso, que violarían a su esposa frente a él en caso de no ceder.
No lo hizo.
Ya durante el juicio, cuando el Ministerio Público ofreció el resultado de los peritajes practicados al interior del vehículo –considerado entonces como escena del crimen y que por tanto debió quedar bajo resguardo– la defensa de Daniel le cuestionó qué tipo de evidencias como cabellos, secreciones o huellas digitales habían hallado y éste aseguró que fueron imposibles de identificar debido a la lluvia de aquel día, la cual hizo que se desvanecieran.
El coche, por cierto, fue devuelto a su propietario el mismo día de los hechos, violando así otro de tantos protocolos que debieron seguir durante la investigación.
Lo anterior quedó al descubierto gracias a la Ampliación de Declaración que la propia víctima ofreció a las autoridades en fecha del ocho de octubre de 2015.
En esa ocasión, el hombre aseguró haber identificado a Daniel, cuando abordo del mismo taxi circulaba sobre la calle de Independencia de San Pedro Totoltepec, en Toluca, y “al pasar justo frente como a una VULCANIZADORA, donde hay una casa con fachada en color amarillo, ventanas con protección en color blanco y bajo esta vivienda se encuentra dicha vulcanizadora […] me percato que dicho individuo era el mismo sujeto del sexo masculino que en compañía de su cómplice me privara de mi libertad”. (SIC)
No obstante, la familia vive en una calle distinta y su fachada es también diferente a la descrita por la víctima.
La respuesta del MP dejó boquiabiertos a todos, o casi, menos a la jueza, quien consideró viable aquella justificación y entonces descartó futuras peticiones de la defensa de Daniel.
Ese mismo Ministerio Público entregó como prueba contra Daniel la sábana de llamadas que presuntamente habría realizado ese día la víctima con sus familiares, pero el disco compacto tenía en cambio un montón de números y registros de llamadas de las cuales no se reveló el contenido por tratarse de “datos personales” e “información sensible”, pero donde tampoco coincide ninguno de ellos con los proporcionados por la víctima durante su primera declaración oficial.
Además, durante el proceso de identificación por fotografía, el rostro de Daniel aparece señalada con el número uno, con un tamaño menor a las del resto y señalada con un marco de color negro, característica que no poseen las tres fotografías restantes.
Cuando la defensa de Daniel cuestionó al perito en criminalística del caso, Denis Díaz Lugo, las razones del por qué hacían tales distinciones y quién fue el responsable de ello, Díaz Lugo se limitó a responder que fueron disposiciones del Ministerio Público; es decir, el MP fue el responsable de colocar chueca, en un tamaño menor, enmarcada y en primer lugar, la foto de Daniel.
Cabe señalar que todos los individuos fotografiados muestran características diferentes: forma de la barba, bigote y orejas, tipo de cabello, tono de piel y ropa, cuando de conformidad con el artículo 276 del Código de Procedimientos Penales para el Estado de México, alusivo al reconocimiento por fotografía, señala que “Cuando sea necesario reconocer a una persona que no esté presente ni pueda ser localizada, su fotografía podrá mostrarse a quien deba efectuar el reconocimiento, junto con otras semejantes de distintas personas, observando en lo posible las reglas precedentes”. (SIC)
Tampoco aparecieron nunca, y siguen sin hacerlo, las placas del taxi en el que habría sucedido el plagio. En cambio, lo que sí han surgido son prórrogas y represiones hacia él y su familia para atender su caso y dejarlo en libertad, dadas las irregularidades señaladas.
Desde entonces su familia no ha dejado de exigir la justicia que merece e incluso han conformado colectivos como Haz Valer Mi Libertad, el cual emergió desde el Centro de Derechos Humanos “Zeferino Ladrillero”, y gracias al cual se impulsó la creación de la Ley de Amnistía en la entidad, misma que entró en vigor el 5 de enero de 2021 y tiene por objeto “establecer las bases para decretar amnistía en favor de las personas en contra de quienes estén vinculadas a proceso o se les haya dictado sentencia firme ante los tribunales del orden común, por los delitos previstos en ésta Ley, cometidos hasta la fecha de entrada en vigor de la misma, siempre y cuando no sean reincidentes por el delito que se beneficiará”.
Haz Valer Mi Libertad nació el 2 de marzo de 2020 y gracias a esta plataforma otros colectivos se han unido en razón de defender a las y los injustamente presos en el Edoméx, como Hazme Valer y Caravana Mexiquense: Libertad, Dignidad, Justicia y Vida, y es que de acuerdo con el informe “Si mi hijo fuera culpable, que ahí se quede”, de las 33 mil personas privadas de su libertad en los 22 penales del Estado de México, 19 mil 500; es decir el 59 por ciento, están injustamente presos.
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Actualmente Daniel cumple una condena de 65 años de cárcel y se encuentra preso en Tepic, Nayarit, en el CEFERESO #4 Noreste, al cual fue trasladado el 5 de mayo de 2022 con la justificación de “salvaguardar la gobernabilidad” de Santiaguito, en Almoloya de Juárez, donde se encontraba antes de esta fecha.
Tania Aracely Zúñiga López, funcionaria del centro penitenciario de Almoloya de Juárez, informó más tarde, en un reporte psicológico del 26 de enero de 2022, que su traslado obedecía también a que Daniel actuaba irrespetuoso y renuente a acatar órdenes, e incluso que “es susceptible al traslado derivado de que presenta un riesgo a la institución por la alta sentencia” (SIC), cuando es de sobra conocido que de ser así le impondrían castigos como no recibir visitas; no obstante, sucedió todo lo contrario pues nunca lo dejaron sin este derecho.
Daniel es uno de los tantos casos infortunados de la podredumbre política en el Estado de México. Es egresado de la Universidad Tecnológica del Valle de Toluca (UTVT), donde estudió la licenciatura en Tecnologías de la Información y Comunicación, mas al no encontrar un trabajo de su rama profesional, las ganas de sacar adelante a su familia lo encaminaron a emplearse temporalmente en ese taller, donde aquel fatídico día cambió su vida y con ello sus deseos e ilusiones de ver crecer a sus hijos.