Toluca, México 25 de junio de 2025
Redacción VCV
Hace 15 años fue asesinada en Chimalhuacán, Estado de México, Mariana Lima Buendía. Han pasado más de 5 mil 475 días y desde entonces la señora Irinea Buendía Cortez, madre de la joven, no ha descansado para que se haga justicia.
Durante la entrega de una ofrenda y la develación de un memorial instalado en la explanada del Congreso mexiquense, señaló que acceder a la justicia en México es un calvario. Durante estos años, experimentó en carne propia la negación de la justicia, por el sólo hecho de que ella y su hija eran mujeres.
Se le negó justicia porque además eran mujeres pobres y porque vivían en entornos sociales donde la violencia contra las mujeres se encuentra normalizada y naturalizada. En México la impunidad es la norma y la justicia privilegio para unos cuantos. Esa negación generó discriminación, violencia, desigualdad y revictimización. Normalizó la violencia e incentiva a los feminicidas. Las autoridades responsables de esta negación de justicia deben rendir cuenta de sus actos y omisiones y enfrentar la justicia.

La madre entregó una propuesta para que el Congreso del Estado tipifique como delito la negación de justicia por razones de género, el primero de su tipo en el país. Además, establezca como obligación de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México que todas las muertes violentas de mujeres se investiguen conforme al protocolo de feminicidio y sancione las omisiones de autoridades que perpetuán la impunidad.
En ese sentido, se propone adicionar una fracción al artículo 50 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de México, sobre las atribuciones que le corresponden a la Fiscalía mexiquense, que quedaría como sigue, dentro del Capítulo 1, denominado de la “Competencia estatal”:
“II. Investigar con perspectiva de género y debida diligencia, todas las muertes violentas de mujeres y niñas, bajo el protocolo del feminicidio, incluidos los suicidios, accidentes y cualquier forma de muerte violenta de mujeres”.
Se propone también adicionar la fracción XXXIV del artículo 353 del Código Penal del Estado de México con el objetivo de tipificar el delito de Negación de la Justicia por Razones de Género, para quedar como sigue, dentro del Capítulo XIII, que contempla los delitos cometidos por servidores públicos de la procuración y administración de justicia.
“XXXIV. Estando obligado a investigar y/o sancionar un delito cometido contra una mujer por razones de género, incurra en actos de corrupción, omisiones, falencias, negligencias, obstruya la investigación y obstruya la justicia, en perjuicio del derecho de la víctima a la verdad, la justicia y las reparaciones.
“A quien cometa los delitos previstos en las fracciones V, VI, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVIII, XIX, XX, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII y XXXIV, se le impondrán de cuatro a diez años de prisión, de cien a ciento cincuenta días multa y la destitución e inhabilitación que corresponda”.

La propuesta fue apoyada jurídicamente por Pablo Navarrete Gutiérrez para elevar a rango de ley algunos de los parámetros establecidos desde una histórica sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitida el 25 de marzo de 2015, sobre el feminicidio de su hija.
En el caso de caso de Mariana Lima, casi 13 años pasaron para conseguir acceso a la justicia, pues fue apenas en 2023 que se dictó al feminicida una sentencia de 70 años de prisión, confirmada en segunda instancia, pero aún no está firme pues cabe la posibilidad del amparo. A la fecha el caso no está jurídicamente concluido y no se ha concretado justicia, no se le ha reparado el daño ni se han garantizado las medidas de no repetición.
La sentencia de la SCJN permitió por primera vez en la historia de la justicia mexicana que un caso jurídicamente archivado y resuelto como “suicidio” se reabriera con el fin de que fuera analizado con perspectiva de género; esto permitió acreditar que el supuesto “suicidio” en realidad había sido un “feminicidio”, abriendo con ello la posibilidad del acceso a la verdad, la justicia y las reparaciones para la víctima y sus familiares, sentando un importante precedente contra la impunidad de los feminicidios en México.
Efectos de la sentencia de la SCJN
La sentencia de la SCJN tiene tres efectos, que son aplicables no sólo al caso de Mariana Lima Buendía, sino a todos los casos de muertes violentas de mujeres ocurridos en el país.
El primer efecto es que se deberá investigar con perspectiva de género y debida diligencia, todas las muertes violentas de mujeres y niñas, para poder acreditar que se trata de un feminicidio, incluidos los suicidios y accidentes, en las 32 fiscalías de los 32 estados de la República Mexicana.
El segundo es sancionar a servidores públicos corruptos que incurren en omisiones, falencias, negligencias, obstruyen la investigación y obstruyen la justicia.
El tercero consiste en reparar el daño realizado por las autoridades e impulsar un cambio cultural, a partir de la adopción de medidas progresivas, específicas para modificar, patrones culturales y fomentar la educación y capacitación en perspectiva de género y la administración de justicia.
Caravana nacional
El 25 de enero de 2023, en el marco del Foro Nacional Radiografía de México “Los datos Oficiales y la Realidad de Violencia contra las Mujeres”, que se llevó a cabo en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, Irinea Buendía Cortez, dio a conocer que había iniciado, desde noviembre de 2022, una Caravana Nacional para difundir la sentencia de la SCJN.
Como medida de no repetición se dio a la tarea de promover en todo el país el conocimiento y aplicación de la referida sentencia, publicada hace 10 años por el máximo tribunal del país. Para junio de 2025, sólo le falta visitar Tamaulipas, Yucatán y Nuevo León.
Derivado de la Caravana, con preocupación constató que no todos los operadores del sistema de justicia (policías, fiscalías y/o tribunales) conocen la sentencia y donde la conocen, no la están aplicando, contribuyendo con ello a la impunidad de los feminicidios.
Con esta reforma, el Estado de México sería el primero del país en elevar a rango de ley una parte de la resolución de la SCJN, como medida de reparación y no repetición para las víctimas de feminicidio ocurridos en la entidad.
