La minuta petista busca la reducción presupuestal para el financiamiento de partidos políticos, elecciones concurrentes, revocación de mandato, debates públicos obligatorios, reducción de los diputados y candidaturas comunes flexibles. Conoce los detalles a continuación.
Redacción VcV
Toluca, México; 2 de agosto de 2019. La bancada del PT, por conducto del diputado Armando Bautista Gómez, presentó una propuesta de reforma electoral ante el Congreso local, donde se busca la reducción del 50 por ciento del financiamiento a partidos políticos, elecciones concurrentes, revocación de mandato, debates públicos obligatorios, reducción de los diputados y candidaturas comunes flexibles, mismos que desglosan a continuación.
En caso de de que la propuesta sea aprobada sería necesario modificar estos rubros en la Carta Magna y el Código Electoral del Edoméx.
Reducción presupuestal
La minuta prevé que el presupuesto al que tienen derecho los partidos se distribuya de manera equitativa e igualitaria, a fin de que el 70 por ciento sea asignado equitativamente a los partidos y 30 por ciento de forma proporcional directa a la votación válida efectiva de cada partido en la última elección de diputados por el principio de mayoría relativa, ya que actualmente los porcentajes están establecidos a la inversa.
El documento presentado ayer jueves explica que “el monto del financiamiento público será el que resulte de multiplicar 40 por ciento del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente por el número total de ciudadanos inscritos en el padrón electoral de la entidad, con corte a julio del año anterior al que deba realizarse el cálculo correspondiente” y no 65 por ciento como actualmente sucede.
Además plantea que el 50 por ciento del financiamiento para campañas sea para la de gobernador y otro tanto igual para la elección a diputados e integrantes de los ayuntamientos y no 30 por ciento como ahora se estipula.
El 23 de julio pasado la bancada de Morena presentó también una propuesta ante la Cámara de Diputados que busca reducir un 50 por ciento el recurso económico que se destina a los partidos políticos por concepto de financiamiento público y gasto destinado al rubro social.
De acuerdo con los legisladores morenistas, de ser aprobada la propuesta presentada por su bando, el recurso liberado se destinaría a educación, cultura y deporte, así como al Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología (Comecyt).
Debates obligatorios
El documento plantea también que el Consejo General del Instituto Electoral mexiquense (IEEM) aumente de 2 a 3 los debates entre candidatos a gobernador además de volverlos obligatorios, así como que implemente al menos 2 debates, también obligatorios, entre los candidatos a diputados y a alcaldes en cada distrito o municipio pues hoy son opcionales.
En caso de incumplir a dichos debates, se propiciaría la pérdida del registro a la candidatura aspirada.
Elecciones concurrentes
La iniciativa pretende que haya elecciones concurrentes de presidente de la República, gobernador del estado, diputados locales y federales y presidentes municipales cuando lo amerite, por lo que la Legislatura designaría a quien ocupe el cargo de gobernador interino del 16 de septiembre de 2023 al 15 de septiembre de 2024, para que posteriormente se celebre la elección concurrente.
Conjuntamente y con el objetivo de que la ciudadanía evalúe el desempeño de sus políticos, se propone que el gobernador, diputados locales, alcaldes, síndicos y regidores puedan ser revocados de su cargo en caso de cometer “violaciones graves o reiteradas a la Constitución y cuando sea solicitado por al menos el 10 por ciento de los ciudadanos inscritos en el padrón electoral mediante petición al IEEM”.
La revocación sería viable solo si participan al menos 40 por ciento de los inscritos en el listado nominal y de estos 34 por ciento pida la remoción del cargo; no obstante la determinación podría aplicarse solo en una ocasión y cuando haya transcurrido al menos la mitad del mandato de éste.
Sobre la no reelección
De acuerdo con la propuesta petista, no puede haber reelección para los diputados que accedieron al cargo por el principio de representación proporcional en la modalidad de listas; es decir, la asignación de cargos de representación popular tomando como base el porcentaje de votos obtenidos por un partido político en determinada región geográfica. Así, únicamente podrían reelegirse los seleccionados por el principio de mayoría relativa, que consiste en que el candidato sometido a votación obtiene el triunfo o aprobación con el mayor número de votos emitidos.
Finalmente, y por considerar que es contrario a la libertad de asociación el que solo se puedan formar candidaturas comunes en 33 por ciento de los distritos, el pliego propone incluir las candidaturas comunes parciales y flexibles. La primera, definida como aquella en que los partidos políticos postulan en un proceso al menos al 50 por ciento de candidatos bajo una misma plataforma electoral y la segunda aquella en la que los partidos postulan al menos a 25 por ciento de candidatos a puestos de elección.