Silvia Soto
Toluca, México; 5 de marzo de 2021.
Si bien la muerte de un ser querido es lamentable en todos sus aspectos, para los herederos trae consigo una serie de trámites que deben realizar, entre ellos, solicitar la cancelación del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), ya sea que el contribuyente haya trabajado como asalariado para una compañía o, en su caso, se encuentre inscrito como actividad empresarial, u otro régimen que le obligase a presentar declaraciones mensuales. Lo anterior con fundamento en el artículo 27 del Código Fiscal de la Federación; y 29 y 30 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación.
Dicho trámite puede ser realizado por cualquier familiar o por un tercero interesado, así como por el albacea de una sucesión testamentaria.
El procedimiento es muy sencillo y tiene que hacerse durante el mes siguiente al fallecimiento del contribuyente, o bien, durante el mes siguiente a la liquidación de la sucesión (cuando los bienes del contribuyente se transfieren a sus herederos).
Para ello se debe generar una cita a través del portal del SAT (www.sat.gob.mx) y llevar lo siguientes documentos, ya que el trámite es únicamente de manera presencial:
• Forma oficial RX “Formato de avisos de liquidación, fusión, escisión y cancelación al RFC”. https://www.sat.gob.mx/normatividad/14307/formas-y-formatos-fiscales
• Acta de defunción expedida por el registro civil, en original y copia.
• Identificación oficial vigente del contribuyente o del Representante Legal.
La autoridad acepta como identificación oficial la credencial de elector, la cédula profesional, la licencia para conducir y la credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores. Si el contribuyente es extranjero, el documento migratorio correspondiente o, en su defecto, la prórroga o refrendo migratorio. Es necesario llevar original y copia.
Para los contribuyentes que son sujetos obligados por realizar actividades vulnerables de conformidad con la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, y su reglamento, deben presentar el acuse de su baja del padrón de actividades vulnerables en original.
Si tienes dudas al respecto, asesórate con tu contador de confianza, o acude directamente a las oficinas del SAT.