Ya es obligación para los municipios clasificar la basura

En Toluca ya está penado tirar basura en la calle y quien incida en esta acción será remitido a la Oficialía Calificadora donde se establecerá la multa respectiva, sea económica o detención temporal.

Toluca, México; 30 de noviembre de 2019. Este viernes la Legislatura mexiquense aprobó por unanimidad la propuesta de los congresistas José Couttolenc Buentello y María Luisa Mendoza Mondragón, ambos del PVEM, que obliga a los ayuntamientos de la entidad a separar los residuos sólidos conforme a la clasificación de orgánicos, vidrio, papel, metales, plástico y de manejo especial; además, es deber de éstos proporcionar servicios de limpia, recolección, separación y disposición final de la basura.

la iniciativa pretende reformar la fracción III del artículo 125 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, a fin de que esta clasificación en la separación de los residuos sea enunciativa y no limitativa.

No es la primer ocasión en que el partido realiza una propuesta en torno a la basura. En agosto pasado propusieron aprovechar la tecnología para la generación de energías limpias en general y no solo la del biogás, por lo que habría que incluir la utilización de combustible, electricidad y composta, con lo cual se tendría una visión más integral de un proyecto que permita inversiones a mediano y largo plazo. 

Cabe señalar que en la capital del Estado de México se generan diariamente mil 50 toneladas de basura, de las cuales el municipio recolecta 600.
Datos obtenidos por Viceversa Noticias indican que la recolección, traslado y disposición final en los sitios de confinamiento le cuesta a Toluca 468 mil pesos diarios más IVA, según la solicitud de información 00140/TOLUCA/IP/2019, que entregó a un particular.

Por ello, en junio pasado gobierno de la capital mexiquense dio inicio al operativo para la detección de personas que arrojen residuos sólidos urbanos en la vía pública. De acuerdo con autoridades municipales quien incida en esta acción será remitido a la Oficialía Calificadora donde se establecerá la multa respectiva pues de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 105, inciso A, fracción VIII, del Bando Municipal de Toluca, son infracciones a las disposiciones sobre el orden púbico “tirar o depositar desechos sólidos en la vía pública, coladeras o alcantarillas, parques, jardines, barrancas, bienes del dominio público o de uso común, predios, baldíos o en lugares no autorizados; abandonar o tirar desechos sólidos en dichos lugares con motivo del ejercicio de la actividad comercial en mercados, tianguis, establecimientos comerciales u otros lugares autorizados”. SIC

Redacción VcV
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