José Enrique Rojas González.
Toluca, México; 16 de junio de 2019. El Poder Legislativo del Estado de México recuperó la facultad de calificar las cuentas públicas del estado y los municipios, así como aprobar y/o modificar el presupuesto propuesto por el gobierno estatal para los ejercicios fiscales, luego de que fuera publicada en la Gaceta de Gobierno del 12 de junio un decreto que modifica algunos artículos de la Constitución mexiquense.
Las reformas a la fracción XXXII del artículo 61 de la Carta Magna estatal permitirán que los diputados mexiquenses aprueben o descarten las cuentas públicas del OSFEM y que la Legislatura cuente con facultades para recibir, revisar, fiscalizar y calificar las cuentas públicas del estado y de los municipios del año anterior. Así los poderes públicos, los organismos autónomos, los organismos auxiliares, los fideicomisos públicos o privados y demás entes serán fiscalizados por el Poder Legislativo.
La medida es un golpe de autoridad de la Legislatura frente al OSFEM, órgano que ha sido señalado por los diputados mexiquenses como ineficaz y omiso en las revisiones de las cuentas fiscales de diversos órganos, entre ellos el CUSAEM, la UAEMéx, el ISEM y el ISSEMyM. El pasado 13 de junio la Legislatura suspendió de forma temporal al auditor del organismo, Fernando Valente Baz Ferreira, para que atendiese su proceso de remoción al cargo propuesto por la Cámara de Diputados local.
Los legisladores mexiquenses creen que la medida fortalecerá el equilibrio de poderes en la entidad, toda vez que desde el 2007 las Legislaturas habían renunciado a esa labor, delegando la responsabilidad en el Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México (OSFEM). Ahora, esa labor será realizado por un órgano fiscalizador perteneciente al Poder Legislativo que tendrá autonomía para decidir su organización interna, funcionamiento y resoluciones.
En la misma gaceta de gobierno, los legisladores aprobaron otra reforma que otorga facultades a la Cámara de Diputados para aprobar y/o modificar los presupuestos de egreso estatales, diseñados por el Poder Ejecutivo a través de la Secretaría de Finanzas estatal.
En el dictamen de la anterior reforma se considera como atribuciones de la Cámara de Diputados local, a la par de la labor legislativa, las funciones administrativas y financieras relacionadas con el gasto público mexiquense.
Esta minuta modifica la fracción XXX del artículo 61 de la Constitución local. Así, el Ejecutivo mexiquense verá más acotadas sus atribuciones en la conformación del presupuesto, en los recursos erogados y en las dependencias que recibirán los recursos.