Miguel Alvarado: texto. Ramsés Mercado: imagen e información. Brenda Cano: diseño.
Toluca, México; 11 de julio de 2022
Esta mañana se presentó en Toluca la primera denuncia por violencia vicaria en el Estado de México y en el país ante la Fiscalía de Género. Gabriela “N” se separó de su pareja, con la que tuvo gemelas, y éste, en venganza, la amenazó. Él le exigió a ella que se suicidara. Así como se oye, que se suicidara si no quería que las niñas terminaran trabajando como prostitutas en un burdel.
Por mucho tiempo, la pareja de Gabriela la ha presionado con esto.
Pero, ¿cómo se define y en que consiste este tipo de violencia?
La violencia vicaria es aquella que un padre aplica o ejerce contra menores de edad para lastimar la madre. Se trata de una práctica común, sobre todo cuando las parejas se separan y los hijos quedan en medio de una violencia que se desata por desacuerdos en los términos en los que ese divorcio o alejamiento se lleva a cabo. Esa es la violencia vicaria, a la que se le ha denominado así para distinguirla de otras, conocer sus estructuras y combatirla.
Este delito ha sido incorporado a la Ley General de las Mujeres por una vida libre de violencia y por eso puede comenzar a demandarse en el Estado de México, de acuerdo a la colectiva Cam-Cai, que acompaña y orienta a las mujeres que la han padecido.
El agresor está instrumentalizando a sus dos pequeñas hijas con la intención de hacerle daño a ella. Debemos recordar que la violencia vicaria es algo que está costando vidas. La víctima más reciente es Cecilia Monzón, quien fue asesinada por su violentador con la única intención de no pagar pensión alimenticia y de quedarse con la guarda y custodia de su hijo. Recientemente, en Puebla, tuvimos un caso en el que una mujer fue arrestada por más de diez horas por no haber presentado a su niño a una visita y convivencia en un horario de clases, en el que el niño tenía que estar en la escuela, pero para el juez fue causal suficiente para que ella tuviera que cumplir diez horas de arresto cuando no les interesó que el papá tuviera al niño supuestamente internado sin que mostrara pruebas”, dijo Mildred Sáenz, una de las activistas que acompañan a Gabriela.
Casos como el anterior ejemplifican la violencia vicaria a la que se enfrentan las mujeres en el país, que incluye el castigo de las leyes. La colectiva es apoyada por Arturo López, el primer abogado en México que se ha especializado en este tema. Él ha apoyado en más de 300 casos con asesoría y acompañamiento, pero lo más importante es que ha participado en la creación de la ley. El término de violencia vicaria fue propuesto y utilizado por la activista Sáenz.
La violencia vicaria está reconocida en la Ley General de las Mujeres por una vida libre de violencia y por eso se puede hacer una interpretación para tomarla como un delito. De acuerdo al abogado, no existe una pena punitiva o sanciones civiles para los perpetradores, pero ya se pueden presentar las denuncias.
Las penas que se proponen van de 4 a 8 años y corresponden al tipo de comisión del delito, porque la violencia vicaria no solamente es la sustracción de menores, para la que se pide una pena de hasta 20 años, sino que también considera el aleccionamiento que se ejecuta sobre los hijos para que éstos odien a su madre, la violencia patrimonial, el pago de pensiones y por último el asesinato que tenga el fin de dañar a la mujer. Para la inducción al suicidio se piden penas de 40 a 70 años de cárcel. El castigo, dicen las activistas, debe alcanzar a los agresores indirectos, los cuales son los jueces, los ministerios públicos, peritos y abogados que son cómplices del agresor principal. Para ellos se pide una pena de 6 a 10 años, así como inhabilitación pública.