Redacción VCV Noticias.
Toluca, México; 10 de agosto de 2019. Fomentar sentimientos de rechazo u odio hacia uno de los progenitores, evitar el contacto e interacción, denigrar a uno de los ascendientes y destruir la relación entre padre/madre e hijos en familias separadas o divorciadas podría ser castigado con la pérdida de la patria potestad del hijo.
La iniciativa propuesta por Reneé Rodríguez Yánez, diputado local de la bancada del PAN, tiene como propósito evitar el fomento de sentimientos de odio o rechazo de un menor a uno de sus padres en matrimonios separados, para lo cual se añadirían fracciones a los artículos 4.200-Bis, 4.224 y 4.228-Bis del Código Civil estatal para contemplar la alineación parental como “la conducta de uno de los progenitores tendiente a sugestionar o influir negativamente a los hijos en contra del otro, provocándole a estos sentimientos negativos, como rechazo o distanciamiento”.
Datos de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE) realizada por el INEGI indican que cada año los matrimonios disminuyen y los divorcios aumentan en el país. En el lapso de 2010 a 2012 la cifra de uniones ante la ley se incrementó de 567 mil 943 a 584 mil 498 matrimonio, pero a partir de este año y hasta 2017 el numero decreció hasta los 526 mil 8, una disminución del 10 por ciento (entre 15 mil y 20 mil cada año).
En contraparte, los divorcios han ido a la alza: en 2010 se registraron 86 mil, en 2013 la cifra fue de 108 mil 727 y en 2017 de 147 mil 581, números que representan un incremento porcentual en esos siete años del 71 por ciento. Nueve de cada diez separaciones han sido judiciales y sólo uno administrativo, tendencia que patentiza que la mayoría de las separaciones han sido conflictivas.
La propuesta de ley presentada considera como conductas de alineación parental el impedir que el progenitor ejerza derecho de convivencia con sus hijos, desvalorizar el insultar al otro progenitor en presencia o ausencia de los hijos, ridiculizar los sentimientos que estos manifiesten hacia madre o padre, y provocar, promover o premiar conductas despectivas hacia uno de los dos ascendientes.
También incluye la acción de influir con mentiras o calumnias la figura del progenitor ausente insinuándole al menor que pretende dañarlos, presentar falsas alegaciones de abuso en los juzgados para separar a los hijos, y cambiar de domicilio con el fin de impedir la relación y destruir el vínculo afectivo entre padre o madre con el menor.
La legislación propuesta establece que quien custodie a un hijo debe procurar el respeto y el acercamiento constante con el otro progenitor y evitar cualquier acto de manipulación y alineación parental encaminada a dañar los vínculos afectivos. La iniciativa fue turnada a las comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales, de Procuración y Administración de Justicia, y de Familia y Desarrollo Humano para su estudio.